Transcripción:Cuaderno 8, foja 32



nos [términos] y previa toma de razon [razón] siga su ruta marginal. Lo Decretó y firmó el C. Juez Primer Suplente. Doy fe
E. [ilegible] [Firma]
Franco. [Francisco] [ilegible] Srio [Secretario] [Firma]


En veinticuatro del propio mes, se libró oficio al Ejecutivo del Estado comunicándole quedar sin efecto las órdenes de aprehensión libradas [p, tachada] contra los Señores Francisco I. Madero y Lic [Licenciado] Roque Estrada, por haber sobreseido [sobreseído] en la causa que [se, tachado] les instruia [instruía] el Juez de Distrito de San Luis Potosí. Conste.


En diez y nueve de Agosto del mismo año, se libró oficio recordatorio al Ejecutivo del Estado suplicándole conteste el que consta en la anotación que antecede. Conste.


En 26 de Agosto se recibió y agrega la contestación del Ejecutivo del Estado, y estando diligenciado el presente exhorto se remite al Juez de Distrito en el Estado de Sonora Conste


Re-