1. Ahunam
  2. Madero
  3. ?regi=728

Transcripción:Cuaderno 8, foja 23r



gado [Juzgado] de su procedencia, previa toma de razón en el libro correspondiente. Lo decretó y firmó el Ciudadano Juez. Doy fé [fe].
F. Francisco Canseco [Firma]
Francisco Ramírez del Río, Srio. [Secretario] [Firma]


En veintiseis [veintiséis] del mismo, se ofició al Gobierno. Conste.
Ramírez del Río [Rúbrica]


En treinta del mismo se agrega la nota del Gobierno y previa razón se remite el presente diligenciado al Juez de Distrito de San Luis Potosí. Conste.
Ramírez del Río [Rúbrica]

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