1. Ahunam
  2. Madero
  3. ?regi=725

Transcripción:Cuaderno 8, foja 22



En tres de Octubre de mil novecientos once se dirigió oficio al C. Gobernador del Estado para los efectos legales. Conste.
González Gamboa [Rúbrica]


En nueve de Octubre de mil novecientos once, en que se recibió la respuesta del Gobierno del Estado, se remite este exhorto al Juzgado de Dtto. [Distrito] de Campeche según su ruta.
González Gamboa [Rúbrica]


Recibido hoy, Octubre once de mil novecientos once, doy cuenta al C. Juez. Conste.
Srio [Secretario] [Rúbrica]


[Al margen, no. [número] 1432]
Campeche, Octubre 12 doce de 1911 mil novecientos once.
Obséquiese, tómese razon [razón] y siga su ruta marginal. - Lo decretó y firma el Juez de Distrito, primer Suplente, en funciones. Doy fé [fe].
Pedro Rodríguez Palencia [Firma]
Joaq [Joaquín] Sanz Galera, Srio. [Secretario] [Firma]


En seguida se dirigió oficio al Gobernador del Estado, pidiéndole declare sin efecto las órdenes de aprehensión dictadas contra los Señores Francisco I. Madero y Lic. [Licenciado] Roque Estrada. Conste.
Sanz Galera, Srio [Secretario] [Rúbrica]


En veinte y cuatro de Octubre de mil novecientos once, se recibe y une la respuesta del Gobierno del Estado, y previa toma de razón, remito el exhorto al Juez de Distrito en Tabasco, como indica su ruta marginal. Conste.
Srio, [Secretario] [Rúbrica]


Re-

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