Transcripción:Cuaderno 7, foja 95
roración [peroración] el expresado Sr. Estrada.
A la 12a: Que la razon [razón] de su dicho la funda en las explicaciones que tiene dadas. Ratifico lo expuesto previa lectura, y firmó: doy fé.
Juan F. Burchard [Firma]
Lic. [Licenciado] Jesús de Garza [Firma]
Octavio A. González [Firma]
Lic. [Licenciado] Héctor González, Srio. [Secretario] [Firma]
En seguida presente el Sr. Donaciano Sáenz, se procedió á examinarlo como á los anteriores, y previa legal que otorgó, dijo:
A la 1a: Llamarse como queda dicho, casado, de cuarenta y nueve años, de edad, Talabartero, originario y vecino de esta Ciudad, y que no le tocan las particulares á [a] que se refiere el Art. [Artículo] 200 del Cod. [Código] Fed. [Federal] de Proc. [Procedimientos] Penales, de cuyo contenido se le impuso.
A la 2a: Que es cierto el contenido de la pregunta, pues el declarante se encontraba parado en la puerta del zaguan [zaguán] de la casa del Sr. Madero, cuando este penetró á [a] la misma.
A la 4a: Que no puede precisar las palabras que pronunció el Lic. [Licenciado] Roque Estrada, y simplemente recuerda algunos de los conceptos generales vertidos por dicho Señor.
A la 5a: Que cuando el Lic. [Licenciado] Roque Estrada trataba de empezar su peroración el Sr. Ignacio Morelos Zaragoza se dirigió á las personas reunidas frente á [a] la casa del Sr. Madero, indicandoles [indicándoles] que á [a] nombre de la ley y de la justicia se retiraran de allí.
A la 6a: Que efectivamente es cierto que el Lic. [Licenciado] Estrada pronunciara las palabras á [a] que se refiere la pregunta.
A la 7a: Que es cierto el contenido de la pregunta
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