1. Ahunam
  2. Madero
  3. ?regi=51

Transcripción:Cuaderno 1, foja 31

[Foja foliada]

defensor: doy fé [fe].
Juan F. Burchard [Firma]
Fco. [Francisco] I. Madero [Firma]
Lic. [Licenciado] Héctor González [Firma]


Monterrey, Junio veinte de mil novecientos diez.
Habiéndose tomado ya su declaración preparatoria á [a] D. [Don] Francisco I. Madero y cumplidos todos los demás requisitos del art. [artículo] 142 del Código de Procedimientos Penales, con apoyo de esa disposición legal, y de acuerdo con lo dispuesto por el C. Juez de Distrito de San Luis Potosí en su auto de catorce de este mes, constante al principio del anterior exhorto, se declara al repetido Sr. Francisco I. Madero formalmente preso, por el delito de conato de rebelión. Notifíquese. Lo decretó y firmó el C. Juez de Distrito de Nuevo León: doy fé [fe]
Juan F. Burchard [Firma]
Lic. [Licenciado] Héctor González, Sr. [Secretario] [Firma]


En seguida firmó de enterado del auto que antecede el C. Agente del Ministerio Público. Doy Fé [Fe]
Lic. [Licenciado] Jesús de la Garza [Firma]
Lic. [Licenciado] Héctor González [Firma]


En la misma fecha, presente el Sr. Francisco I. Madero, se le notificó el auto anterior, y dijo que lo oye y no firma. doy fé [fe].
Lic. [Licenciado] Héctor González [Firma]


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