Transcripción:Cuaderno 2, foja 94
primero de Agosto se ordenó que comparezca mañana a las diez a. m. el Señor Francisco I. Madero Conste.
En dos de Agosto presente el Señor Francisco I. Madero con objeto de practicar careo con el Señor Coronel Ramón Castro, en los términos del articulo [artículo] 225 del Código de Procedimientos Penales Federales, por no recidir [residir] el testigo en esta jurisdicción, fué [fue] amonestado el Señor Madero á [a] conducirse con verdad. En seguida se le dió [dio] lectura á [a] la declaración rendida por el Señor Coronel Ramón Castro, así como del parte que rindió á [a] la Secretaría del Gobierno del Distrito Federal y lo que el Señor Madero declaró ante este Juzgado, y habiendole [habiéndole] hecho notar las contradicciones en que incurren, consistentes afirmar el Señor Madero que el discurso que pronunció el Domingo veintinueve de Mayo, fué [fue] publicado pocos dias [días] despues [después] en el periódico México Nuevo ó [o] en el Constitucional ó [o] en ambos. Que en su concepto, en ese discurso no incitó al pueblo á [a] la rebelión, y afirmar el Señor Castro: que escuchó el discurso pronunciado por el Señor Madero el día veintinueve de Mayo en México y recuerda que Madero en términos generales inculpaba al Gobierno haciendo entender al Pueblo que le escuchaba, que el propio Gobierno estaba regido por tiranos que habían robado al pueblo sus derechos y liber [libertades]